El artículo 47.4 de los Estatutos Colegiales establece que el Colegio de Médicos de Ciudad Real atenderá las quejas o reclamaciones presentadas por los colegiados, y dispondrá de un servicio de atención a los consumidores o usuarios.
El Colegio de Médicos necesariamente tramitará y resolverá cuantas quejas y reclamaciones referidas a la actividad colegial o profesional de los colegiados se presenten por cualquier consumidor o usuario que contrate los servicios profesionales, así como por asociaciones y organizaciones de consumidores y usuarios en su representación o en defensa de sus intereses.
El Colegio, a través de este servicio de atención a los consumidores o usuarios, resolverá sobre la queja o reclamación según proceda: bien informando sobre el sistema extrajudicial de resolución de conflictos, bien remitiendo el expediente a los órganos colegiales competentes para instruir los oportunos expedientes informativos o disciplinarios, bien archivando o bien adoptando cualquier otra decisión conforme a derecho.
La presentación de las quejas y reclamaciones podrá efectuarse por el interesado, o por quien acredite su representación, en cualquiera de las sedes del Colegio de Médicos de Ciudad Real. También podrán ser presentadas por vía telemática cumplimentando el formulario adjunto.